Conozca los datos sobre la carga pública
(Esta hoja informativa no sustituye el asesor legal.) Actualizada 03/29/2021
A partir del 9 de marzo del 2021, la regla discriminatoria y ampliada sobre la Carga Pública está permanentemente BLOQUEADA, y ya no está en vigor en ninguna parte de los Estados Unidos. Ahora, los inmigrantes pueden obtener de forma segura los beneficios públicos que apoyan su salud, nutrición y vivienda sin temor a que su estatus migratorio se vea afectado.
La antigua y muy limitada regla de la Carga Pública vuelve a estar en vigor, pero recuerde que:
Muchos inmigrantes están exentos de la Regla de la Carga Pública.
La mayoría de los inmigrantes que tienen derecho a los beneficios públicos están exentos de la regla de la Carga Pública.
Los beneficios recibidos por los hijos de un inmigrante u otros miembros de la familia NO cuentan durante la prueba de carga pública de un inmigrante en los Estados Unidos.
Algunos de los tipos de inmigrantes que no tienen que preocuparse por la Carga Pública, siempre y cuando no abandonen los Estados Unidos por más de 6 meses, son:
Refugiados + Asilados
Personas que ya tienen estatus de LPR (titulares de la tarjeta verde), incluyendo aquellos que están renovando su tarjeta de LPR.
Auto peticionarios de VAWA (Acto de Violencia Contra las Mujeres)
Solicitantes/titulares de visas T o U (algunos sobrevivientes de la trata de personas, la violencia doméstica u otros delitos)
Menores inmigrantes especiales
Familias de militares del servicio activo, entre otros
Ahora, la regla de la Carga Pública SÓLO considera el TANF (beneficio mensual de efectivo), el Seguro Social SSI para personas con discapacidades, y el Cuidado a Largo Plazo pagado por el gobierno.
Muchos beneficios, como los de la lista siguiente, son seguros, y no cuentan en ninguna prueba de la carga pública:
Medicaid (OHP) para adultos y niños
Medicaid (OHP) para mujeres embarazadas, incluyendo 60 días después del
Cobertura de la salud reproductiva
Medicaid de emergencia (CAWEM)
Programa Cover All Kids de Oregón
Beneficios alimentarios SNAP (cupones de alimentos)
Viviendas públicas y viviendas subvencionadas de la Sección 8
WIC (asistencia nutricional para mujeres, bebés y niños hasta los 5 años)
Educación especial
Servicios de la salud en la escuela para niños en edad escolar
Jubilación del Seguro Social
Almuerzo escolar y EBT de la pandemia
Medicare
Seguro del Desempleo
Alimentos del banco de alimentos o cajas de alimentos
Pruebas, atención y vacunación de COVID-19
Asistencia o beneficios por desastres o emergencias
¡Y muchos, muchos más!
¿Tiene dudas?
Obtenga ayuda de un abogado de inmigración. Encuentre abogados de inmigración en oregonimmigrationresource.org/resources/?tab=legal-help
Busque asesoramiento sobre los beneficios públicos en la línea directa de beneficios públicos de los Servicios Legales de Oregón / Centro de Leyes de Oregón al 1-800-520-5292.
Manténgase informado sobre los cambios en la carga pública, aquí: oregonimmigrationresource.org y protectingimmigrantfamilies.org